El Consejo Regulador de la DOP Pera de Lleida
Las peras de la Denominación de Origen Protegida Pera de Lleida deben ser de las tres variedades autorizadas (Limonera, Blanquilla y Conference) y procederán de las plantaciones inscritas situadas en la zona de producción, las cuales han tenido que ser cultivadas de acuerdo con un protocolo de buenas prácticas agrícolas, como la Producción Integrada, Globalgap o equivalentes. Además, los frutos sólo se pueden manipular en las centrales y almacenes autorizados por la propia DOP.
El Consejo Regulador de la DOP Pera de Lleida es el encargado de velar y controlar que el producto amparado bajo esta Denominación de Origen cumpla con todas las especificaciones de calidad definidas en el Reglamento y en el Manual de Calidad del propio Consejo Regulador, entidad que dispone de un equipo de técnicos cualificados para llevar a cabo esta tarea. Los frutos se someten a rigurosos exámenes de calidad y sólo se envasan y salen al mercado, etiquetados con el sello de Pera de Lleida, aquellos que superen todos estos controles. Igualmente, todos los operadores implicados, personas productoras y almacenes son sometidos a un proceso de certificación anual efectuado por una empresa independiente que trabaja de acuerdo con las especificaciones de la norma EN-45011. Este proceso de certificación contempla la realización anual de una auditoría para verificar los parámetros definidos en el Plan de Control : Sólo podrán envasar y etiquetar bajo la DOP Pera de Lleida aquellos operadores que superen la auditoría de certificación. Los puntos de control están relacionados con:
- Origen del producto
- Inspección de las instalaciones de manipulación del producto
- Sistema de identificación del producto
- Trazabilidad – Control documental del proceso productivo
- Autocontrol del proceso de elaboración
- Higiene y seguridad alimentaria
- evaluación de los parámetros de calidad
- Presentación y etiquetado del producto
- Gestión de la calidad
Las finalidades del Consejo Regulador son, pues, la representación, la defensa y la garantía de la DOP, así como la promoción de la DOP y de sus características específicas.